NUEVO CONTRATO COLECTIVO SINTRAI
Cerca de la medianoche del lunes 24 de mayo, fecha en que las partes se habían propuesto para intentar llegar aun acuerdo, se firmó el nuevo contrato colectivo.
El punto de conflicto fue el acuerdo de extensión de beneficios para las cláusulas de colación, seguro de vida y seguro de salud en Amec Cade.
Particularmente una frase que implicaba incorporar en los contratos individuales de las personas no sindicalizadas dichos beneficios. Lo anterior era considerado por el Sindicato como la aplicación de la norma de “ultraacitividad” para trabajadores no sindicalizados cuando legalmente esta norma se aplica a trabajadores sindicalizados.
¿EN QUE CONSISTE LA NORMA DE ULTRAACTIVIDAD?
El artículo 325 del Código del Trabajo indica:
“Ultraactividad de un instrumento colectivo. Extinguido el instrumento colectivo, sus cláusulas subsistirán como integrantes de los contratos individuales de los respectivos trabajadores afectos, salvo las que se refieren a la reajustabilidad pactada tanto de las remuneraciones como de los demás beneficios convenidos en dinero, los incrementos reales pactados, así como los derechos y obligaciones que sólo pueden ejercerse o cumplirse colectivamente y los pactos sobre condiciones especiales de trabajo”.
Es decir, si un contrato colectivo expira, las cláusulas de dicho contrato se traspasan a los contratos individuales de los socios del Sindicato. Sin embargo, la frase que la Empresa quería instalar en el acuerdo de extensión de beneficios generaba un conflicto porque aplicaba esta norma a quienes no son socios del Sindicato.
El Ord. N° 5533 del 31 de octubre de 2018 de la Dirección del Trabajo indica: “Una vez extinguido el contrato colectivo, los trabajadores que estaban recibiendo sus beneficios, con motivo de la extensión, quedarán afectos a las estipulaciones de sus contratos individuales, sin que proceda aplicar a su respecto la figura de la ultraactividad.”
¿CÓMO SE LLEGÓ AL ACUERDO?
Se sacó la frase conflictiva del acuerdo de extensión de beneficios a cambio de extender 6 meses el contrato colectivo. La vigencia del nuevo contrato será desde el 11 de mayo de 2021 hasta el 11 de noviembre de 2023, aclarando que para la próxima negociación se considerará piso la vigencia de 24 meses.
EL ACUERDO.
Se puede bajar el nuevo contrato colectivo desde el blog del Sindicato www.sintrai.blogspot.com en el menú NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2021 ubicado en el lado superior izquierdo.
Desde mayo de 2018 que no se lograba un acuerdo con las empresas, en aquel tiempo éramos Amec Foster Wheeler y ahora somos Wood plc.
No se logró todo lo que nos habíamos propuesto en esta negociación. La reajustabilidad de sueldos no fue aceptada por la Empresa, la eliminación de las listas de exclusión se logró plenamente, y la gratuidad de los seguros se logró solo para los sueldos inferiores a 4 Ingresos Mínimos Mensuales en el caso del Seguro de Salud.
Se logró adicionalmente bajar el costo de los seguros de salud y Vida, se logró aumentar el aporte de la empresa para la ropa de trabajo del personal administrativo y se aumentó la compensación de colación por ausencia del casino (valor que se paga en caso de trabajo presencial en Plaza Egaña).
En los próximos boletines analizaremos con más detalle cada uno de los beneficios del contrato colectivo.
Enhorabuena.
Directiva del SINTRAI